Thursday 13 August 2015

Responsabilidad ambiental

En la medida que pasamos de las garantías individuales otorgadas por la Constitución y empezamos a adquirir derechos y responsabilidades, podemos y debemos considerar cuales son nuestros derechos ambientales. Los derechos ambientales están garantizados en una interpretación amplia del artículo 27 Constitucional. Se han creado leyes como la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley de Pesca y la Ley General de Vida Silvestre, entre muchas otras, para proteger estos derechos, bienes y recursos, que son propiedad de la Nación. Para estas leyes los recursos son los distintos elementos de los cuales el género humano se sirve para satisfacer sus necesidades o exigencias.

¿Qué derechos ambientales debemos defender los ciudadanos de México (y el mundo)? Podemos empezar por el derecho a la salud. La contaminación y la degradación del ambiente son causas conocidas de la emergencia de nuevas enfermedades infecciosas. La amenaza real del calentamiento global requiere que nos adaptemos a una nueva y aún desconocida distribución de los recursos naturales. ¿Qué recursos naturales estarán disponibles y podrán ser usados sustentablemente? 

Un principio general de las leyes de protección al ambiente y sus derechos es el principio precautorio, en el cual las autoridades se comprometen a restringir actividades que suponemos razonablemente y con buen grado de certeza, que pueden dañar al ambiente. Pocas veces se ha impedido un proyecto por principio precautorio. La ganancia a corto plazo y la complicidad de las autoridades ambientales están por arriba de nuestros derechos y el uso racional de los recursos. 

Nuestro derecho a conocer y opinar sobre los efectos ambientales de desarrollos turísticos, industriales o urbanos, contaminación acústica, visual, de aire, aire o suelos, aeropuertos, tráfico aéreo, aeropuertos nuevos o modificados, carreteras, minas, pesquerías, maquilas de ropa o televisiones, estadios deportivos y un largo etcétera puede existir. Sin embargo, el acceso a las manifestaciones de impacto ambiental, el resultado del seguimiento de los impactos ambientales del proyecto y las consultas públicas raya en lo imposible, limitando nuestro derecho a un ambiente sano y a la información. 
Nuestro derecho a un ambiente sano está acompañado de la responsabilidad personal y colectiva de respetar al ambiente, sus habitantes naturales y nuestros congéneres. El ambiente sano y el desarrollo sustentable empiezan con nuestras decisiones de que recursos, bienes y alimentos consumir cómo nos transportarnos, También de cómo disponemos de los desperdicios generados, reduciendo, reusando o reciclando o de como compensamos a la naturaleza y disminuimos los efectos del Calentamiento Global a consecuencia de los gases con efecto invernadero que emitimos en nuestra vida diaria.


Esta semana el caso de los Cuarenta y Tres desaparecidos de Ayotzinapa agrega una pieza más al rompecabezas que apunta a la complicidad de autoridades a todo nivel de gobierno: el asesinato de Miguel Ángel Jiménez dentro de su taxi, organizador de autodefensa y buscador incansable de los Cuarenta y Tres desaparecidos. ¿Qué tanto hay por encubrir? Invitamos a los notables de este país a formar una comisión independiente que nos ayude a desenrollar esta maraña.




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